Entrega individual 2: Gloria Cruz

 Incumplimiento del Código Deontológico

Para esta entrega voy a comentar una noticia en la que no se están cumpliendo varios artículos del Código Deontológico. En el periódico La Voz de Galicia se explica cómo una psicóloga engañó a su cliente pidiéndole dinero para solventar problemas que este tenía, y esta se quedó con el dinero de él. El presunto uso de este dinero era para que se pusiera en contacto con unos abogados para que estos tramitaran una solicitud de discapacidad. Este acto se considera un incumplimiento de código, ya que ella no puede pedirle dinero al paciente para otra practica que no sea el servicio que le ofrece. Los artículos del Código Deontológico que son violados son el 11, 21, 28 y 29. El 28 dice así:


Cómo se está indicando en dicho artículo la psicóloga no puede realizar prácticas que no sean de su ámbito,  por lo que no puede pedirle dinero al hombre para realizar cosas que no están a su alcance. La conclusión que se obtiene es que es de gran utilidad este código, debido a que establece las diferentes bases por las que se tiene que regir un psicólogo y que en caso de conflicto poder acudir a este para confirmar las dudas que se tengan.

Bibliografía:

Colegio Oficial de Psicólogos de España. (2010). Código deontológico. Disponible en: https://www.cop.es/pdf/codigo-deontologico-consejo-adaptacion-ley-omnibus.pdf

Xurxo, M. (10 de abril de 2021). Una psicóloga que ejerce en Santiago se enfrenta a un año de prisión acusada de estafar a un paciente. La Voz de Galiciahttps://www.lavozdegalicia.es/noticia/santiago/santiago/2021/04/09/psicologa-ejerce-santiago-enfrenta-ano-prision-acusada-estafar-paciente/00031617989061304139495.htm

 

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